VENCIMIENTO. Monotributo.
Declaración jurada informativa cuatrimestral.
Desde el 12 de Agosto de 2010, se encuentra en vigencia la RG 2888, que establece los plazos y detalla los datos económicos que deben informar los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado.
La Declaración de Monotributo Informativa, estará referida a datos de la actividad económica para cada cuatrimestre calendario y deberá ser presentada por los pequeños contribuyentes que, a la finalización del cuatrimestre calendario al que corresponda la información:
- se hallen encuadrados en la Categoría F , G, H, I, J, K o L; o
- revistan la calidad de empleadores cumplan o no la condición señalada en el punto anterior.
Importante: cuando el pequeño contribuyente deje de cumplir la condición que lo sujetó al presente régimen, la obligación de información subsistirá por el término de 6 cuatrimestres calendarios contados a partir de la finalización del último cuatrimestre informado.
¿Qué información comprende la declaración jurada?
Los contribuyentes obligados a la presentación deberán proporcionar, a partir del primer cuatrimestre del año 2010 y para cada cuatrimestre calendario, datos relacionados con las operaciones realizadas, principales clientes y proveedores, datos referidos al consumo de energía eléctrica y del local/establecimiento en el que se desarrolla la actividad, entre otros.
¿Cuándo debe efectuarse la presentación de la declaración jurada informativa?
Se efectuará hasta el último día hábil de los meses de mayo, septiembre y enero, respecto de cada cuatrimestre calendario anterior a dichos meses.
Cuatrimestre
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Fecha de Vencimiento
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Enero-Abril
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Último día hábil de Mayo
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Mayo-Agosto
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Último día hábil de Septiembre
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Septiembre-Diciembre
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Último día hábil de Enero
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Importante: la información correspondiente al cuatrimestre Enero a Abril de 2010 podrá ser suministrada hasta el 30/09/2010.
Procedimiento para remitir la información:
1. Ingresando al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario”
2. Seleccionar la opción “Declaración de Monotributo Informativa”
3. Completar la información requerida por el sistema
4. Aceptar el envío de la información
5. De resultar aceptada la transmisión, el sistema emitirá una constancia de la presentación efectuada.
Importante: el cumplimiento del presente régimen será requisito para la tramitación de solicitudes que efectúen los monotributistas referidas a la obtención de constancias de situación impositiva y/o previsional, entre otras. |